La legislación estadounidense desarrolló con la Ley de Igual Oportunidad de Crédito (Equal Credit Opportunity Act.) un instrumento de igualdad para todas las personas en capacidad de obtener crédito.
Esta ley garantiza que todas las personas tengan igual oportunidad de recibir crédito.
Fue creada principalmente para prevenir la discriminación de crédito en contra de las mujeres, pero prohíbe todo tipo de discriminación al momento de otorgar un crédito por razones de: raza, color, religión, nacionalidad, sexo, estado civil, edad, el hecho que el ingreso del solicitante provenga de programas de asistencia pública y que el solicitante de buena fe haya ejercido su derecho bajo la Ley de Protección al Consumidor de Crédito o alguna Ley similar.
El estado civil de un solicitante de crédito puede ser requerido para créditos de cuentas conjuntas, préstamos garantizados (hipotecas) y en los Estados donde rige la propiedad comunitaria entre cónyuges: Arizona, California, Idaho, Louisiana, Nevada, Nuevo México, Texas y Washington.
En todos los casos, al establecer el estado civil de un solicitante a crédito, la empresa emisora del crédito sólo puede usar los términos de soltero, casado o separado.
El prestamista no puede hacer preguntas sobre el cónyuge del solicitante, a menos que el cónyuge vaya a obligarse contractualmente; el solicitante este contando con el ingreso de su cónyuge para calificar al préstamo; el peticionario resida o la propiedad se encuentre en un Estado de propiedad comunitaria; y en los casos en que el solicitante cuente con pagos de pensiones o mantenimiento (pensiones de alimentos o alimoney) que vayan a usarse en el pago del crédito.
La ley también establece que los prestamistas no pueden insistir que el cónyuge sea el fiador de su préstamo. Si el crédito requiere de un fiador, éste puede ser una persona distinta al cónyuge.
Igualmente, garantiza a las mujeres que ellas pueden tener su propio historial crediticio separado del de su esposo.
¿Qué puedes esperar si te niegan un crédito?
Por ley, el solicitante de un crédito debe ser notificado dentro de un plazo de 30 días, si el préstamo le ha sido otorgado tal como fue requerido, o por el contrario, si el prestamista ha negado su solicitud (acción adversa).
Si la solicitud fue rechazada, quien otorga el crédito debe especificar las razones por las cuales denegó dicha solicitud.
Deberás recibir razones específicas de la acción adversa o negativa al préstamo.
Razones aceptables incluyen: "Tu ingreso es muy bajo" o "No has estado trabajando por mucho tiempo".
Las razones vagas e indefinidas no son legales; algunas de ellas pueden ser: "No recibiste suficientes puntos en nuestro sistema de evaluación de crédito" o "Tu no reúnes nuestros criterios".
Si alguno de tus derechos regulados por esta ley ha sido vulnerado, conoce a ¿Dónde acudir a presentar tus quejas? donde te indicaremos el organismo apropiado a escuchar tus reclamos y además te guiaremos sobre cómo debes plantear tus quejas.
También puedes contactar la Oficina del Procurador General de tu Estado o la Comisión Federal de Negocios (Federal Trade Commission - FTC).