Las anualidades pueden considerarse un instrumento parte seguro y parte ahorro, y se conoce en inglés como Annuities. A rasgos generales estos son contratos con una compañía de seguros que convierten una inversión inicial hecha por la persona dueña de la anualidad en un ingreso mensual garantizado de por vida o por un período determinado de años.
Opciones de Pago de Beneficios de las Anualidades
El dinero de una anualidad puede acumularse de dos maneras: En un solo pago, una inversión única que comenzará a generar intereses inmediatamente o en pagos periódicos, cuyos intereses se van a generar también a medida que el capital aumenta. Los beneficios de la distribución también se pueden recibir en un solo pago, o bien en forma de pagos consecutivos, en una de las siguientes opciones:
1. Anualidad de por Vida: Son pagos periódicos garantizados durante toda la vida del anualizador. Los pagos cesan cuando esta persona muere y, en caso de existir todavía dinero en la cuenta, ese monto se lo queda la compañía. Si por el contrario, los fondos se terminan antes de la muerte del titular, la compañía deberá seguir pagando con su propio dinero.
2. Anualidad de por Vida con Reintegro en Pago Único: Es igual que la Anualidad de por Vida, pero garantiza que de existir algún remanente en la cuenta al momento de la muerte del titular, esta cantidad se entregará a sus herederos en un solo pago único.
3. Anualidad de por Vida con Reintegro en Pagos Periódicos: Es la misma opción anterior, pero el remanente se entregará a los herederos en pagos periódicos.
4. Anualidad con Período Garantizado: Está diseñada para pagar un monto periódico de por vida pero garantizando un mínimo de años. Si el titular muere antes de que transcurra ese período, la anualidad beneficiará a sus herederos hasta que se cumpla el plazo establecido.
5. Anualidad con Derechos de Supervivencia: Prevé el pago de la anualidad a dos personas. Si una de ellas fallece, el sobreviviente recibirá hasta su muerte los beneficios completos o parciales (según se escoja) de los pagos periódicos. Al morir el segundo anualizador, los pagos cesan por completo.
En aquellas anualidades en las que se ha estipulado recibir la distribución de los fondos en forma de pensión vitalicia (Anualidad de por Vida), entra en juego las condiciones del producto de seguro y los factores estadísticos y actuarios determinarán el monto mensual de la distribución, hasta el fallecimiento del beneficiario de la anualidad, sea que el monto acumulado se haya exhaustado antes de esa fecha o no.
Es común que muchas personas elijan “garantizarse” una mayor cantidad de pagos a largo plazo y prefieran obtener una pensión vitalicia que una pensión predeterminada en años, aunque esto signifique que sus herederos no reciban el beneficio de estas.
Así, por ejemplo podemos tener dos casos paralelos: asumiendo que dos personas hacen el mismo aporte de dinero, durante el mismo tiempo y obteniendo el mismo rendimiento, pero deciden obtener una distribución diferente; Uno opta por una pensión vitalicia y la otra persona opta por una pensión determinada a 20 años, por ejemplo.
En el caso de la persona que opta por una pensión determinada en cierta cantidad de años, su “pensión” se verá afectada principalmente por la cantidad del capital invertido, la cantidad de intereses o desempeño de la inversión (que ya vimos que esta inversión puede ser fija o en instrumentos variables), si el anualizador desea ofrecer derechos de supervivencia (legar a sus herederos), y los gastos del programa o administrativos.
En el caso de la persona que opta por una pensión vitalicia hay además de los anteriores, otros factores físicos que afectarán el monto de su pensión anual/mensual. Estos factores son: edad y género.
La razón, en este último tipo de pensiones, es muy simple. La cantidad de años que la aseguradora cubrirá estas pensiones dependerá de cuantos años sobreviva el dueño de la anualidad y esto está intrínsicamente ligado a la edad y género del anualizador. Cuanto más años reciba pagos, menor será la cantidad mensual/anual y en el caso de hombres y mujeres las estadísticas de expectativa de vida varían a favor a las mujeres quienes suelen sobrevivir más años a sus contraparte hombres, por lo tanto es común que sus pagos sean menores a el de los anualizadores hombres.
En resumen el monto de las “pensiones” se verá afectado por estos factores:
1. La edad del Anualizador
2. Sexo del titular
3. Cantidad invertida e intereses (desempeño de la inversión)
4. Los gastos aplicados por el manejo de la anualidad (que disminuyen la rentabilidad de la inversión)
5. Las opciones de pago o modo que el anualizador recibirá su “pensión”
6. Los derechos o no de supervivencia.
Para ofrecer pagos de por vida, la aseguradora pronostica la expectativa de vida del cliente. Así establece un pago mensual de distribución de sus beneficios que corresponda con el ahorro que ha realizado el inversionista y con los años que (se espera) va a vivir.
Por ejemplo, con base en las tablas usadas por las compañías de seguros, supongamos que el factor para el pago de 1 dólar anual durante 20 años, a un interés del 7%, es de 10,59. Es decir, una persona necesitaría ahorrar 10,59 dólares en total, y ese dinero debe invertirse al 7% anual, para que reciba 1 dólar durante 20 años, lo que equivale a 20 dólares en total. Eso no obliga a la aseguradora a garantizar el rendimiento de la inversión a 7% por el tiempo de la inversión; esto lo que explica es que de obtener un menor rendimiento a ese 7%, el monto de la distribución será menor al estipulado en las tablas, es decir, no sería de 1 dólar por 20 años, sino menor... De allí la suma importancia del rendimiento de la inversión en este tipo de instrumentos.
Así también, como las opciones de pago de los beneficios afectan el monto de estos, cada persona deberá elegir aquella que se ajuste a su realidad. Generalmente la decisión de distribución se debe tomar en el momento de la distribución de este instrumento, que como está limitado por el código de impuestos en Estados Unidos, no puede ser antes de los 59 años y medio, y en casos contrarios, serían sometidos a penalidades impositivas y multas.