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Corte acepta soberanía Colombia en islas en disputa

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13/12/2007 - 14:36(GMT)

BOGOTA (Reuters) - La Corte Internacional de Justicia de las Naciones Unidas reconoció el jueves la soberanía de Colombia sobre tres islas caribeñas reclamadas por Nicaragua, aunque aclaró que puede dirimir otros conflictos sobre la frontera marítima en disputa.

Historia continua abajo

En un fallo publicado en su sitio web, la Corte reconoció que el acuerdo entre los dos países latinoamericanos de 1928 es válido respecto del derecho de Colombia sobre las islas caribeñas de San Andrés, Providencia y Santa Catalina.

Nicaragua consultó al tribunal, la mayor corte de Naciones Unidas con sede en La Haya, para garantizar su soberanía sobre el archipiélago y finalizar la disputa que Bogotá dice comenzó hace unos dos siglos y para la cual se alcanzó un acuerdo hace casi 80 años.

"La Corte considera que el tratado de 1928 entre Colombia y Nicaragua resolvió la cuestión de la soberanía sobre las islas de San Andrés, Providencia y Santa Catalina (...) y que por lo tanto, no puede ser competente en este punto," resaltó el alto tribunal.

Tras estudiar una serie de objeciones presentadas por Colombia, la Corte aclaró, sin embargo, que tiene jurisdicción para fallar sobre otros territorios dentro del archipiélago en disputa.

"Sin embargo, la Corte considerada que es competente en el diferendo relativo a la soberanía de las otras formaciones marítimas reivindicadas por las partes y sobre el diferendo relativo a la delimitación marítima entre ellas," agregó.

El tratado que demandó Nicaragua estableció como limite marítimo el mediado 82.

"La Corte, con toda claridad, ratifica la vigencia del tratado Esguerra-Barcenas de 1928 e igualmente reconoce la plena soberanía de Colombia sobre San Andrés, Providencia y Santa Catalina," dijo el canciller colombiano, Fernando Araújo.

REACCION DE NICARAGUA

Araujo aseguró que Colombia seguirá ejerciendo soberanía sobre los cayos de Roncador, Serrana y Quitasueño que no están contemplados en el tratado de 1928, pero que controla desde hace más de 200 años.

"Nosotros vamos a seguir ejerciendo nuestra soberanía en los términos en que históricamente lo hemos hecho," agregó en una conferencia de prensa.

Por su parte, el canciller de Nicaragua, Samuel Santos, dijo que el fallo es un avance para su país porque ratifica la posición de Managua de que los diferendos se deben resolver en forma civilizada.

"La posición de Nicaragua es que somos pueblos hermanos, entonces tenemos que tener la mejor buena voluntad para resolver cualquier diferencia o diferendo entre nosotros," declaró Santos.

"Lo que la Corte dijo es que no existe tal paralelo 82 y que por lo tanto cualquier cosa, la frontera entre nosotros, bien la podemos resolver como pueblos hermanos," agregó en declaraciones a Radio Caracol.

Ambas naciones, separadas por Panamá y Costa Rica, afirman poseer jurisdicción sobre las remotas islas de San Andrés y Providencia, en la costa atlántica de Nicaragua, así como sobre varios cayos y unos 50.000 kilómetros cuadrados de aguas aptas para la pesca.

Colombia dijo a la corte en junio que las disputas fronterizas eran inevitables después de la caída del imperio español en el continente americano y que el asunto fue "acordado definitivamente" en el acuerdo de 1928 por el que Nicaragua acepta entregar las islas a Bogotá.

Pero, el Gobierno sandinista nicaragüense de la década de 1980 anuló el pacto y alegó que fue firmado mientras Nicaragua se encontraba bajo la ocupación del Ejército estadounidense.

Muchos nicaragüenses consideran que el tratado fue un pago de Estados Unidos a Colombia para acordar la independencia de Panamá e iniciar la construcción de un canal interoceánico.

Las islas y los cayos en disputa también están dentro de las fronteras marítimas de Costa Rica, Honduras y Jamaica.

La Corte Internacional comenzó la audiencia de este caso en marzo y las concluyó en junio.

El tribunal evalúa las disputas fronterizas entre los Estados y sus decisiones están fundamentadas en la ley internacional por lo que sus fallos son vinculantes e inapelables.

(Por Luis Jaime Acosta, Editada por Alejandro Lifschitz)

Terra/Reuters

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