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ARGENTINA-DESAPARECIDOS 

Audiencia Nacional declina juzgar a Cavallo en favor de la Justicia argentina

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20/12/2006 - 19:48 (GMT)

Madrid, 20 dic (EFE)- La Audiencia Nacional española rechazó hoy juzgar al ex militar argentino Ricardo Miguel Cavallo por delitos de lesa humanidad o de genocidio, en favor de la Justicia argentina, que le está investigando por los mismos hechos.

Historia continua abajo

La sección tercera de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, en contra del criterio de la Fiscalía, acordó hoy dar prioridad a los tribunales argentinos en este asunto, ya que los hechos fueron cometidos en ese país y allí también se están investigando.

Cavallo, alias "Serpico", fue procesado por el juez español Baltasar Garzón por su actividad en el centro de detención de la Escuela Mecánica de la Armada (ESMA) en la época de la dictadura argentina (1976-1983).

El ex militar argentino se encuentra en prisión en España desde que el 29 de junio de 2003 fuera extraditado por México, donde fue detenido en agosto de 2000 tras ser reconocido por varios supervivientes de los centros de detención.

La Fiscalía de la Audiencia Nacional pedía para él una pena mínima de 13.332 años de cárcel y otra máxima de 17.010, en función de que se le condenara por delitos de lesa humanidad o de genocidio y éstos estuvieran o no relacionados con delitos de terrorismo.

De haber sido aceptada la jurisdicción española, Cavallo se hubiera convertido en el segundo ex militar argentino juzgado en España por delitos cometidos durante la dictadura, ya que en 2005 la Audiencia Nacional condenó a Adolfo Scilingo a 640 años de cárcel por delitos de lesa humanidad, detención ilegal y torturas.

Sin embargo, en esta ocasión, según el auto de la Audiencia Nacional, en la atribución de "jurisdicción a los tribunales de España en base al principio de justicia universal para la persecución de los delitos imputados al procesado (...), debe darse y reconocerse una absoluta prioridad a la jurisdicción argentina (locus delicti) siempre y cuando se ejercite de manera eficaz".

La Sala de lo Penal acuerda mantener a Cavallo en prisión provisional e incondicional "por el plazo máximo de cuarenta días", periodo que establece el convenio de extradición para formalizar la petición de entrega.

El tribunal reprocha además a las acusaciones particulares y populares que afirmaran que Cavallo únicamente se encuentra imputado en una causa que tramita el Juzgado número 12 de Argentina, en la que se investiga el apoderamiento de los bienes de los detenidos durante la represión argentina, pero no en otra relativa a la desaparición de 614 personas en la ESMA.

La Audiencia Nacional asegura que ha podido comprobar que "de manera efectiva la jurisdicción penal competente argentina sigue hasta tres procesos por los mismos hechos e imputaciones que en el sumario" abierto en España por el juez Baltasar Garzón.

Para adoptar su decisión, la Sala de lo Penal de la Audiencia tiene en cuenta la desaparición del "obstáculo" que representaban las leyes argentinas de Punto y Final y Obediencia Debida, declaradas nulas en junio de 2005, lo que permitió a la Justicia de ese país actuar de manera efectiva en el enjuiciamiento de los hechos acaecidos en la ESMA.

Tampoco cree el tribunal que empañe su decisión "el hecho de que por un lado las autoridades argentinas no hayan todavía solicitado la extradición y que por otro el acusado se encuentre en España" en situación de preso provisional".

Además, "según se desprende de la última de las comisiones rogatorias ya cumplimentadas por el juez federal 12 de Buenos Aires se encuentra en trámite un procedimiento de requerimiento de inhibición a España a petición de la defensa", del que podría derivar una petición de extradición. EFE na/fv/mf/sm

Terra/EFE

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