México
Pensión Bienestar: quiénes y cuándo pueden cobrar el 'Pago de Marcha' en México
Conoce en qué consiste el Pago de Marcha de la Pensión Bienestar para adultos mayores y personas con discapacidad, así cómo los requisitos que deben cumplir los beneficiarios.Si tienes un familiar beneficiario de la Pensión Bienestar debes conocer todo sobre el Pago de Marcha, un apoyo destinado a los familiares de los adultos mayores y personas con discapacidad que forman parte de este programa de gobierno.
Aquí te contamos qué el Pago de Marcha y cuáles son los requisitos para solicitarlo.
¿Qué es el Pago de Marcha de la Pensión Bienestar?
El Pago de Marcha es el apoyo económico al que tienen derecho los familiares o personas que hayan brindado su compañía y cuidado a algún beneficiario de los Programas de Bienestar desarrollados por el gobierno de México en favor de los adultos mayores y las personas con alguna discapacidad.
De acuerdo con información del Gobierno de México, cuándo un beneficiario de este programa fallece, los familiares tienen derecho al Pago de Marcha, no obstante, el beneficiario debe haber designado con anterioridad a un representante o adulto auxiliar. En caso de no haberlo hecho, el Comité Técnico del Programa determinará si se cumplen con las circunstancias para brindar este apoyo.
¿De cuánto es el Pago de Marcha?
Según información de la Secretaría del Bienestar, el pago de marcha es de 2 mil 400 pesos para los familiares de algún beneficiario de la Pensión Bienestar para adultos mayores, en tanto que para los familiares de un beneficiario con discapacidad, el apoyo es de mil 475 pesos.
Para obtener este pago, la persona designada por el beneficiario/a del programa deberá informar del deceso sin sobrepasar los 4 meses al fallecimiento, ya que en caso de exceder este tiempo perderá el derecho al apoyo.
¿Cuáles son los requisitos para solicitar el pago de marcha de la Pensión Bienestar?
Para poder ser beneficiarios del Pago de Marcha es necesario que los familiares no hayan cobrado ningún pago posterior a la muerte del beneficiario.
Para poder notificar el deceso del familiar, este podrá realizarse a través de cualquier Módulo de Bienestar o por teléfono, a través de la línea telefónica: 800 639 4264.
Después se deberá presentar al módulo correspondiente con una identificación oficial vigente y la acta de defunción original, así como la constancia médica en la que se señale y certifique el fallecimiento del beneficiario/a del programa
¿Qué pasa si se sigue cobrando la Pensión Bienestar de un fallecido?
Se recomienda evitar cobrar el apoyo económico de un familiar fallecido, ya que pueden existir consecuencias legales para quienes sean sorprendidos, pues realizarlo es ilegal y es considerado un fraude.